Desde el inicio de la
andadura de este blog hemos dado una definición jurídica del Mobbing como la
presión tendenciosa que la empresa ejerce sobre el trabajador para conseguir su
autoeliminación de la empresa.
Para recordar las características
de esta definición podéis revisar el artículo del pasado mes de julio de 2013 en el que definíamos Qué es el Mobbing? desde el punto de vista jurídico.
Sin embargo el Mobbing es
un fenómeno que vas más allá del estudio de los profesionales del Derecho,
desgraciadamente su enorme importancia en las relaciones laborales ha llevado a
multitud se psicólogos a centrarse en él.
Destaca entre todos los
estudios psicológicos el de Iñaki Piñuel, Profesor de la Universidad de Alcalá
de Henares y pionero en España de los estudios sobre Mobbing en el trabajo. El
estudio más importante del profesor Piñuel es el cuestionario que forma parte
del Barómetro CISNEROS® (Cuestionario
Individual sobre PSicoterror, Negación, Estigmatización
y Rechazo en Organizaciones Sociales), integrado por una
serie de escalas cuyo objetivo es sondear de manera periódica el estado, y las
consecuencias, de la violencia en el entorno laboral de las organizaciones.
Este instrumento ha sido
utilizado desde el año 2.000 por el profesor Piñuel con el objetivo no sólo de
evaluar el mobbing, sino también sus consecuencias, y fue la primera
herramienta que se utilizó en España para medir el acoso psicológico en las
empresas de nuestro país.
Tras estos estudios los psicólogos nos ofrecen esta
definición de Mobbing o acoso psicológico en el trabajo:
“Continuado y deliberado maltrato verbal
o modal que recibe un trabajador de otro/s, con vistas a reducirlo, someterlo,
apocarlo, amilanarlo o destruirlo psicológicamente y que consiste en
comportamientos de hostigamiento frecuentes, recurrentes y sistemáticos contra él”.
En los siguientes artículos analizaremos las características
del Mobbing y sus componentes psicológicos y jurídicos.
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