lunes, 27 de enero de 2014

EL “FALSO AUTONOMO”, LA CRIATURA SOBRENATURAL


Hace pocos días un humorista de la radio decía: “el autónomo es como un superhéroe, porque nunca se pone enfermo y además es invisible para el Estado”.Pues hay que decir que existe una figura aun más invisible que el autónomo, el “Falso Autónomo”.

Su invisibilidad no deriva de ningún superpoder, es una consecuencia de su actividad casi clandestina en el seno de la empresa.

Su figura está envuelta en el mayor de los secretismos. Es odiado y envidiado a partes iguales por el trabajador por cuenta ajena de su propia empresa, ya que aparentemente gana más dinero por realizar el mismo trabajo.

Además la Administración mira hacia otro lado cuando presenta una declaración de IVA con  un único pagador, la empresa en la que trabaja.

Esta figura para algunos es un mito como “el Yeti” o “el Hombre del Saco”, sin embargo es muy real y está entre nosotros. Aunque a veces se camufle muy bien entre el resto de los trabajadores asalariados de una empresa.

Lo más grave de esta situación es que cuando el trabajador se convierte en “Falso Autónomo” cree que esta situación le puede favorecer, no olvidemos que sus ingresos brutos pueden ser muy elevados en un principio.
El problema llega cuando de esos ingresos brutos está obligado a pagar el IVA, o cuando tiene un accidente o una enfermedad y no le es posible trabajar.



Estos casos me recuerdan al “Drácula” de Bram Stocker, cuando los primeros efectos de ser un “no-muerto” son asombrosos:

                “El vampiro con quien nos las vemos posee él sólo la fuerza de veinte hombres y es más astuto que cualquier mortal, ya que su astucia ha ido en aumento a través de los siglos”.

Claro que más tarde el vampiro sufre otras consecuencias: rechazo de su entorno por ser diferente e incluso necesidades diferentes de las habituales en los seres humanos.

El “Falso Autónomo” no necesita sangre humana para vivir, pero necesita muchas facturas de gastos para después deducirse el IVA y poder sobrevivir.

Están entre nosotros, y no debemos marginarlos por ser diferentes. Nuestra obligación es sacar a la luz estos casos y que pasen a formar parte de la plantilla de la empresa.

Al principio será difícil, pero no podemos dejar que el “Falso Autónomo” sea el nuevo “freak” de la empresa moderna.

lunes, 20 de enero de 2014

FOGASA, EL MILAGRO SE ESTÁ ACABANDO


Hace algunos meses, en este blog publiqué un artículo sobre la gran labor que el Fondo de Garantía Salarial hacía en el marco de las relaciones laborales. Parafraseando a un veterano letrado lo llegué a calificar de “Milagro de los panes y los peces”.





Pues parece que desde el 1 de enero de este año 2014 el milagro se empieza a acabar. De forma discreta y fuera del las normas llamadas de la “Segunda Reforma Laboral”, el Gobierno ha aprobado junto con la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014 una reforma de las prestaciones que ofrecía el Fogasa a los trabajadores.

El cambio consiste en lo siguiente: ha quedado eliminado el pago directo por el Fogasa de 8 días de indemnización en los despidos por causas objetivas de trabajadores en las empresas de menos de 25 trabajadores.

En la práctica eso quiere decir que las empresas tendrán que abonar en los despido objetivos los 20 días completos y no podrán acogerse a la legislación anterior que beneficiaba a las Pymes al pagar el Fogasa 8 días por año trabajado.

La consecuencia para las pequeñas empresas es que tendrán que pagar la totalidad de la indemnización  en el momento del despido si no quieren exponerse a un procedimiento judicial.

Por parte del trabajador, en caso de impago de la empresa está obligado a presentar demanda judicial para que el Fogasa le abone la cantidad que la empresa no ha podido pagar. Por lo tanto entre demanda judicial, vista de juicio oral, ejecución de sentencia y solicitud de pago al Fogasa pasaremos de una media de 1 y medio año paga cobrar las indemnizaciones del Fogasa a casi 3 años.

Se ha dado muy poca difusión a esta noticia y creo que es uno de los cambios más importantes en los procedimientos laborales que se han producido en los últimos meses.

Por lo tanto cuidado a partir de ahora.......


lunes, 13 de enero de 2014

NUEVOS MODELOS DE PUESTOS DE TRABAJO. "MINIJOBS", "MINIPOORS" Y OTROS NUEVOS INVENTOS



Cuando se compara la tasa de desempleo del 5,8 % Alemania con la del 26 % España, normalmente se olvidan de explicar que en el país germánico un porcentaje del  20,6 % de sus trabajadores están empleados en los llamados Minijobs.

Estos Minijobs son trabajos de jornada reducida (máximos de 15 horas de trabajo a la semana) y emplean a un 22% de los trabajadores alemanes, en cifras eso supone unos 7 millones de personas trabajando mediante Minijobs.




Las consecuencias a corto plazo son muy positivas porque en el año 2012 Alemania alcanzó el record de personas empleadas con una cifra máxima de 41,5 millones de personas trabajando, aunque el volumen de la ocupación total se situaba a niveles del año 1991.

A largo plazo la consecuencia es mucho más negativa: la media de salarios de esos Minijobs se sitúa en torno a los 400 euros mensuales, por lo tanto olvidémonos de consumir con ese nivel de renta más allá de mínimo vital.

Con el paso del tiempo podremos analizar la repercusión de este nuevo modelo de trabajo, aunque en la Alemania actual podemos ver que son realizados por los sectores de la población con más dificultades para encontrar empleo como: mujeres (33%), los jóvenes entre 15 y 24 años (33%) y aquellos que carecen de titulación (37%).


Esperemos que estos Minijobs sean simplemente una solución transitoria ante la crisis económica, de lo contrario habremos creado una nueva clase social de “nuevos pobres” que podríamos llamar Minipoors. 

lunes, 6 de enero de 2014

LA CRISIS DEL DERECHO DEL TRABAJO



En febrero del año 2012, tras la aprobación de la Reforma Laboral, en una conversación con abogados especialistas en Derecho Laboral bastante más veteranos que yo, el tema estrella era el siguiente: tras esta reforma la legislación laboral está perdiendo sus características diferenciadoras y dentro de poco se podrá volver a integrar dentro de las normas de Derecho Civil.

Y es que históricamente hablando el Derecho Laboral nació del Derecho Civil,  corrían los tiempos de la Revolución Industrial y se necesitaba crear una serie de normas jurídicas especiales que protegieran a la parte más débil del la relación laboral: el trabajador.





Estas normas especiales llegaron a crear un sistema normativo y jurisdiccional propio, con sus propios Principios Fundamentales y sus tribunales especializados. La conclusión tras más de un siglo de historia del Derecho Laboral español, es que se encuentra en clara decadencia.

Esta crisis no se debe a que el peso de las relaciones laborales en la realidad de nuestra sociedad sea menor, o que se haya sustituido al trabajador por una máquina, o incluso a que nos encontramos ante un clima social totalmente benigno. Todo lo contrario, se ha considerado por parte de nuestros gobernantes que la existencia de unas normas especiales aplicables al ámbito laboral es perjudicial para el conjunto de la economía.

Si escuchamos las declaraciones de los líderes políticos podemos encontrarnos que se identifica la flexibilidad en el despido con la flexibilidad en la economía, y se hace hincapié en que la Reforma Laboral ha sido necesaria para poder luchar contra la crisis económica.


Como toda lucha siempre existen víctimas, y en este caso la víctima ha sido la especialidad del Derecho Laboral, esperemos que no haya sido un precio demasiado alto para nuestra sociedad.